Acta revisión salarial fotografía 24-05-08

Comunicación, cultura y artes gráficas / General

Acta de la Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del Convenio Colectivo Estatal para la Industria Fotográfica Madrid, 24 de Abril de 2008.

Representantes empresariales: Por ANEFOT Y FEPFI: Marta Palazón Fernández de Cañete y Juan Celada Crespo. FES-UGT: José Ramón Castañón, José Romero Pascual  FCT-CC.OO.: Alfredo Sánchez Tena, José María Díaz Rubio

En Madrid, siendo las diez horas del día anteriormente indicado, en los locales de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT), se reúnen los asistentes señalados, constituyendo la Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del Convenio Colectivo  Estatal para la Industria Fotográfica, adoptando los siguientes acuerdos: Primero. —Aprobar y firmar la revisión de las tablas saláriales y tabla de horas extraordinarias del Convenio Colectivo Estatal para la Industria Fotográfica, correspondientes al año 2007 (revisión IPC). Segundo. —Aprobar y firmar las tablas saláriales y tabla de horas extraordinarias del Convenio Colectivo Estatal para la Industria Fotográfica correspondiente al año 2008. Tercero. —Remitir los acuerdos de la presente acta a la autoridad laboral competente para su depósito, Registro y publicación a los efectos legales oportunos. Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expresado, se firma esta acta, siendo las doce horas del día antes mencionado.

Grupos saláriales del convenio colectivo estatal para la industria fotográfica

Los grupos saláriales son los que a continuación se relacionan e incluye cada uno a las categorías laborales que en ellos se mencionan: Grupo 1: Director. Grupo 2: Jefe de sucursal o delegación. Grupo 3: Encargado o Encargado de taller. Jefe de laboratorio industrial. Jefe de asistencia técnica. Jefe de proyecto documental. Piloto. Navegante operador de fotografía aérea. Fotógrafo aéreo. Jefe administrativo. Jefe de ventas. Grupo 4: Técnico. Delineante. Grupo 5: Fotógrafo. Documentalista. Grupo 6: Operador de micro imagen. Grupo 7: Operador de imagen. Tirador de laboratorio. Retocador. Operador documental. Mecánico de aeronave. Conductor. Grupo 8: Oficial administrativo. Oficial de mantenimiento. Grupo 9: Operador de máquina automática. Montador. Grupo 10: Ayudante. Grabador de datos. Auxiliar administrativo. Telefonista/recepcionista. Vendedor. Dependiente. Almacenero. Cobrador. Limpiador/a. Ordenanza

 

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