CONVENIO ENTREGA DOMICILIARIA
Seguros y oficinas / General
Resolución de 22 de abril de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de entrega domiciliaria.
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Visto el texto del Convenio Colectivo de entrega domiciliaria (Código de Convenio nº 9908665), que fue suscrito con fecha 22 de septiembre de 2008, de una parte por la Asociación empresarial ASEMPRE en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales UGT y CC.OO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:Primero.–Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.Segundo.–Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.Madrid, 22 de abril de 2009.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.