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Por salud democrática, hay que derogar la Reforma Laboral

Derogar la Reforma Laboral es una necesidad urgente que deberá realizar el próximo Gobierno que salga de las urnas el 20 de diciembre.

Este decretazo (Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero) que impuso el Gobierno del PP, haciendo uso y abuso de su mayoría absoluta, ha tenido consecuencias nefastas para la mayoría social de nuestro país: asalariados y asalariadas, desempleados y desempleadas, y pensionistas –mayoría social que se complementa con los autónomos y estudiantes hijos e hijas de la clase trabajadora-. Por el contrario, una minoría de la sociedad se ha hecho más rica: el poder adquisitivo de los salarios superiores a 6.000 euros mensuales han crecido. Es sintomático que por vez primera en la historia la mayor fortuna del mundo sea española. En definitiva, los ricos son más ricos y los pobres somos más pobres.

La crisis económica ha sido utilizada, y lo continua siendo, como excusa para atacar al Estado de Bienestar: Pensiones, Educación, Sanidad y Dependencia. El sistema Público de Pensiones está afectado por el deterioro de los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social, algo de lo que la reforma que exigimos sea derogada tiene mucha culpa.

La “coartada” de la crisis queda manifiesta en la primera frase de la exposición de motivos del R. Decreto –Ley 3/2012: “La crisis económica que atraviesa España desde 2008 ha puesto de relieve las debilidades del modelo laboral español”. A parte de ser falso que el modelo laboral esté en relación con la crisis, cabe preguntarse: ¿tras la reforma laboral, es más fuerte el modelo laboral español?. Para los trabajadores y trabajadoras no. También se puede afirmar que el tejido empresarial tampoco se ha fortalecido, ni la economía, ni ha disminuido la deuda pública, etc. Por ende, el único resultado perceptible es el incremento de la especulación y la fuga de capitales a paraísos fiscales.

Desde nuestra óptica sindical, la reforma laboral sólo ha traído miseria y pobreza. Algunos datos:

  • A septiembre de 2015, el paro juvenil en menores de 25 años se ha situado en el 46,7%.
  • Tras el primer año de reforma laboral, en 2013, el paro en España alcanzó el 26,94%, rozando los 6 millones de desempleados y desempleadas. Frente a tasas de desempleo del 7,9% en la UE-15 y del 8,9 en la UE-28.
  • La EPA al tercer trimestre de este año 2015 dice que continuamos en 4.850.800 desempleados y desempleadas.
  • Según la EPA al tercer trimestre de 2015, hay 1.572.900 hogares con todos sus miembros en desempleo.
  • A Diciembre de 2011, había 2,2 millones de desempleados que no cobraban ningún tipo de prestación.
  • Al tercer trimestre de 2015 son 3,7 millones los desempleados/as que no cobran ningún tipo de prestación.
  • 2011 se cerró con una población ocupada de 17.807.500 trabajadores y trabajadoras. Una tasa de parao del 22,85%.
  • El tercer trimestre de 2015 se ha cerrado con una población ocupada de 18.048.700 trabajadores y trabajadoras. Una tasa de paro del 21,18%.

 

Es decir, que todo el sufrimiento y destrucción de derechos de estos años, sólo ha servido para que las estadísticas digan que tenemos 241.200 ocupados más, un 1,67% menos de tasa de paro; para tener 1,5 millones más de desempleados y desempleadas sin ningún tipo de prestación; casi un 50% de paro juvenil; más de doble de paro que la media de los países de Europa, tanto si nos comparamos con los 15 como si lo hacemos con los 28. Sin mencionar que España comenzaba 2015 con 2.183.043 de compatriotas emigrados.

Celebramos sinceramente que la bárbara destrucción de empleo haya frenado; sin bien esta afirmación, nosotros mismos tenemos que matizarla, pues se continua destruyendo empleo y el empleo que se genera es ultra precario.

La reforma laboral de 2012 ha creado por tanto las condiciones para generar un “ejército de reserva” de más de 5 millones de trabajadores y trabajadoras, de los cuales 3,7 millones que no percibe ninguna prestación se ven abocados a aceptar empleos en condiciones muchas veces indignas. Ese y no otro era el objetivo de la reforma laboral: reducir drásticamente el coste de la mano de obra. Una derivada de la pérdida de poder adquisitivo de los salarios es que en 2014, el 29,2% de la población (en su 100% clase trabajadora) estaba amenazada de pobreza.

¿Dónde está el éxito de la política económica?. Afirmamos que “el modelo laboral español”, lejos de haberse fortalecido, se ha debilitado en estos años.

No quiero quedarme en la petición teórica de derogación de la reforma laboral, por eso concretaré los contenidos esenciales de dicha reforma. Insistiendo en que los catastróficos efectos para el empleo y las condiciones de trabajo en nuestro país obedecen a que el desequilibrio de las relaciones laborales, entre Organizaciones Sindicales (trabajadores) y Organizaciones Empresariales (empresarios) ha sido tal, que un espacio relativamente corto de tiempo se ha retrocedido en algunos aspectos más de una década.

Los criterios más perniciosos de esta reforma son los siguientes:

1º)  El abaratamiento del despido. Se generalizó la indemnización de 33 días por año trabajado, con un tope de 24 mensualidades, frente a los 45 días con tope de 42 mensualidad que regía en la norma con anterioridad. Se amplió la flexibilidad, para despedir por causas objetivas con indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario, a partir de la introducción de las causas económicas para justificar un despido objetivo, permitiendo que cuando una empresa tiene pérdidas actuales o previstas o ve disminuir de forma persistente sus ingresos puede acogerse a esta modalidad de despido. Este abaratamiento brutal del despido ha destruido más empleo por “goteo” que el conjunto de los expedientes de regulación.

 2º) Se incluyó una gran facilidad, para los empresarios, en la regulación de los ERES. Desde la reforma, se permite que los despidos colectivos se desarrollen sin la necesidad de la autorización laboral. Esta medida junto al abaratamiento de los despidos en general y los despidos por causa objetivas, explicado en el punto 1º), han sido los detonantes de la destrucción de empleo acelerada que hemos sufrido.

3º) Limitación drástica de la ultraactividad de los convenios a un año. Lo que significa que una vez que finaliza el plazo de vigencia el convenio sólo se continúa aplicando durante un año. Si antes de ese plazo no hay acuerdo para renovarlo, los trabajadores pueden perder las condiciones establecidas en el convenio y deben regirse por lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores. Desde la publicación de la reforma se cuentan por cientos los convenios colectivos bloqueados por la intransigencia patronal, consecuencia de ello es la pérdida de derechos para millones de trabajadores/as.

4º) Se prioriza el convenio de empresa frente a los convenios sectoriales. Esta es, a mi modo de ver esta reforma, una de las medidas más perniciosas y la que más desequilibra la capacidad de negociación entre trabajadores y empresarios, pues se establece el campo de negociación en el terreno en el que el empleador goza de poder casi omnímodo, la empresa; es el paso anterior a que el trabajador a título individual tenga que “negociar” con quien le contrata. De hecho, la CEOE ya está planteando la desfachatez de individualizar la negociación de las condiciones de trabajo, como si el trabajador y el empresario estuviesen en igualdad de condiciones. Con esta medida, se pierde la libertad que deben tener los negociadores de las condiciones de vida y trabajo para los asalariados y asalariadas, quienes no deben tener vínculo contractual con los negociadores empresariales. Además, esto induce a la competencia entre empresas teniendo en cuenta sólo el coste del trabajo, lo que ahora se viene a llamar el “dumping” salarial.

Hay otros cambios normativos que han facilitado la reducción de costes laborales para los empresarios, como son: la “flexibilidad” en el cambio de las condiciones de trabajo en materia de jornada, turnos, funciones, salarios, así como todas aquellas condiciones de trabajo o salariales individuales, no reguladas en convenio colectivo, las cuales pueden ser eliminadas a nombre de la “modificación sustancial de las condiciones de trabajo (Artº 41 del Estatuto de los Trabajadores). Se ha facilitado la posibilidad de no aplicación del convenio, por la vía del descuelgue. Se ha llegado incluso a la barbaridad de permitir que se realicen horas extras en contratos parciales, o el establecimiento del contrato con periodo de prueba de un año, para las PYMES; y otros elementos que han venido a, insistimos, desequilibrar lo que por su naturaleza en el orden económico que vivimos ya parte como desequilibrado: la relación de poder entre empleador y empleado, entre explotador y explotado.

La mayoría social ha sido agredida en sus condiciones de vida y trabajo, una agresión que socava los cimientos de la convivencia. Es por eso que, por salud democrática, exigimos la derogación de la reforma laboral.

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